Mecanismo de Protección al Cesante
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Información importante por la emergencia económica y sanitaria:
El Gobierno Nacional a consecuencia de la emergencia económica, social y ecológica realizó 3 modificaciones al Mecanismo de Protección al Cesante. Esta modificación es parcial, temporal y tendrá vigencia durante la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social:
- Los beneficiarios de los subsidios serán los cesantes que fueron trabajadores dependientes o independientes, cotizantes en las categorías A y B, que hayan realizado aportes a las Cajas de Compensación Familiar por lo menos durante un año continuo o discontinuo en los últimos cinco (5) años
- El beneficio económico se pagará por un máximo de tres (3) meses.
- Los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones serán calculados sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente durante el periodo de 3 meses. El cesante podrá cotizar al Sistema de Pensiones por más de 1 SMLMV, con cargo a sus propios recursos.
Mecanismo de Protección al Cesante
¿Qué es el Mecanismo de Protección al Cesante?
Es un beneficio de ley al que tienes derecho, cuando pierdes el empleo, y que te protege durante esta etapa, a través de:
- Pago a salud y pensión obligatoria sobre un SMMLV , por seis meses.
- Subsidio Familiar, otorgado por las Cajas de Compensación Familiar si se tiene personas a cargo
- Cursos de capacitación brindados por el SENA y las Cajas de Compensación.
- Asesoría para conseguir empleo
- Incentivo monetario brindado por el Gobierno, cuando ahorras parte de tus Cesantías en el MPC, de acuerdo a la siguiente tabla:
Para ahorrar parte de tus Cesantías en el MPC diligencia el formulario
El ahorro que haces al MPC permanece en tu cuenta de Cesantías y solo cuando quedas desempleado se traslada al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) para que la caja de compensación Familiar te comience a reconocer el valor ahorrado con el beneficio otorgado.
Conoce los requisitos
- Estar desempleado y no contar con otra fuente de ingresos.
- Haber aportado de forma continua o discontinua, durante los últimos tres años, a una Caja de Compensación Familiar: un año si eres dependiente o dos años si eres independiente.
- Inscribirte en alguno de los servicios de empleo pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo.
- De acuerdo a la reglamentación que expida el Gobierno Nacional debes inscribirte en programas de capacitación y re-entrenamiento.
- Para tener derecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de tus Cesantías, si tu salario es hasta dos SMMLV deberás ahorrar como mínimo el 10% del promedio del salario mensual del último año, si devengas más de dos SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25%.
Ten en cuenta
- El beneficio del MPC lo recibirás entre uno a seis pagos por una única vez.
- Ahorrar al MPC es obligatorio para todos los empleados afiliados a una caja de compensación, excepto para los trabajadores de salario integral o independientes, quienes podrán hacer la afiliación de forma voluntaria.
- Si quieres usar tus Cesantías para educación, compra o construcción de vivienda podrás usar el 100% del ahorro de tus Cesantías así hayas asignado un porcentaje para el MPC.
- En caso de no querer continuar con el ahorro en el MPC diligencia el formulario link al formulario] y entrégalo en una oficina de Porvenir.