La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías PORVENIR S.A. informa a sus afiliados a los Fondos de Pensiones Obligatorias, que la Superintendencia Financiera de Colombia mediante el oficio No. 2024146910-006-000 del 4 de diciembre de 2024 aprobó la modificación del literal a de la cláusula 13 del reglamento de los Fondos de Pensiones Obligatorias Porvenir a partir del 1 de enero de 2025, el cual quedará así: La Sociedad Administradora tiene derecho a percibir las siguientes comisiones: 13. Comisiones a. Comisión por administración sobre los aportes obligatorios PORVENIR S.A. cobrará mensualmente a sus afiliados, por concepto de administración de aportes obligatorios, el 0.47% del ingreso base de cotización.
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Cláusula 13 del reglamento de los Fondos de Pensiones
Pensiones Obligatorias
diciembre 06, 2024